¿Pueden obligarme a participar en un préstamo en una comunidad de propietarios?
Con el fin de hacer frente a obras de rehabilitación, las comunidades de propietarios tienen varias formas de sufragar el coste económico de las mismas:
- Fondos ya existentes y que se han recaudado previamente.
- Girar derrama especial en base al coste económico de las obras.
- Financiación mediante préstamo bancario.
Si la comunidad de propietarios no tiene fondos suficientes para afrontar las obras previstas y estás son de elevado importe, la recaudación mediante una derrama especial puede ser larga en el tiempo si, como suele pasar, los propietarios no quieren pagar importes elevados.
Por ello, a veces se propone la solicitud de un préstamo a una entidad bancaria por parte de la comunidad de propietarios y aquí es donde suelen comenzar los conflictos entre los propietarios.
Muchos propietarios manifiestan no estar de acuerdo en participar en el préstamo porque:
- Supone tener que pagar intereses.
- Ser responsable en caso de impago de este.
Si finalmente la comunidad de propietarios acuerda la solicitud de un préstamo bancario para afrontar obras de rehabilitación y hay algunos no propietarios que no están de acuerdo, se deberá actuar de la siguiente forma para evitar conflictos:
- En la convocatoria de la reunión donde se pretende adoptar el acuerdo de solicitud del préstamo se debe indicar de forma clara que, si algún propietario no está conforme en participar del préstamo, deberá asistir personalmente a la reunión.
- El propietario deberá indicar en la reunión que no desea participar en préstamo, reflejándose en el acta nombre y apellidos del propietario.
- El propietario deberá indicar que abonará su parte proporcional del coste de las obras de rehabilitación de una sola vez y como máximo en el momento que la comunidad reciba los fondos del préstamo solicitado.
- Si el propietario no cumple con el pago único, la comunidad de propietarios procederá a reclamar el débito mediante demanda judicial.
Por lo tanto, los propietarios que no se adhieran a la solicitud del préstamo no tendrán que pagar intereses ni serán responsables en caso de incumplimiento del pago del préstamo bancario.
Hay que destacar que se trata de un acuerdo que se puede adoptar por mayoría simple de propietarios y coeficientes, siendo clave el redactado de la convocatoria para que no haya malentendidos. No obstante, es importante tener en cuenta que existe el riesgo de impagos por parte de los propietarios que no participen en el préstamo.